31.5.12

¿Es democrática la Comisión Europea?

José Manuel Durão Barroso, Presidente de la Comisión Europea


La Comisión promoverá el interés general de la Unión
y tomará las iniciativas adecuadas con este fin. Velará
por que se apliquen los Tratados y las medidas adoptadas
por las instituciones en virtud de éstos.
—Artículo 17 del Tratado de la Unión Europea—

 Acaban de decir por enésima vez en la tele (TVE1) que la Comisión Europea tiene un déficit democrático. El comentario era aún más virulento, cuanto afirmaba que el Colegio de comisarios imponía condiciones a España a pesar de no tener ninguna legitimidad democrática. Aunque ya lo he discutido alguna vez con Ignacio Paredero, voy a dar mi opinión al respecto.

¿Cuánto de democrático y cuánto de déficit hay en la Comisión?

Para empezar, hay que señalar la importancia que tiene esta institución. En el triángulo institucional básico de la Unión Europea, sin contar al Consejo Europeo (Comisión, Parlamento Europeo y Consejo), es la única de las tres que tiene como misión primordial «promover el interés general de la Unión» (artículo 17 del TUE). El Parlamento Europeo comparte ese objetivo con el de representar a los ciudadanos que le votan; mientras que el Consejo lo debe coordinar con los intereses de «los pueblos de Europa» (los Estados). Por tanto, una Comisión independiente, democrática y fuerte implica casi con seguridad una Unión Europea mejor.

Podemos comenzar con el sistema de elección. El Colegio de Comisarios (nombre que, en general, podemos usar para referirnos a la Comisión) es nombrado por el Consejo Europeo tras recibir la confianza del Parlamento Europeo. Para verlo más claramente, examinemos qué dice al respecto el TUE (artículo 17):

Teniendo en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo y tras mantener las consultas apropiadas, el Consejo Europeo propondrá al Parlamento Europeo, por mayoría cualificada, un candidato al cargo de Presidente de la Comisión. El Parlamento Europeo elegirá al candidato por mayoría de los miembros que lo componen.

Es muy ilustrativo, para ver cuánto hay de democrático en este sistema, compararlo con lo que dice la Constitución española respecto al nombramiento del Presidente del Gobierno:

[E]l Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno. […] Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. (art. 99 de la CE).

En efecto, en ambos casos el gobierno (la Comisión lo es a estos efectos) debe recibir la confianza del Parlamento. El presidente de España recibió hace seis meses el voto favorable de 186 de los 350 diputados del Congreso, el 53% de los escaños de la Cámara. La Comisión «Barroso» recibió en 2010 el voto de 448 de los 751 europarlamentarios (el 65% de los escaños).

Además también es necesario que ambos ejecutivos no solo reciban sino que también conserven esa confianza, pudiendo perderla si triunfa una moción de censura.

Naturalmente, el proceso no es perfecto. En primer lugar puede argumentarse que el Consejo Europeo tiene un papel demasiado preponderante, y que debería ser el propio Parlamento el que nombrara al Colegio de acuerdo a las listas que se presentan a sus elecciones. Sin embargo, en ese caso la Comisión sería un cuerpo mucho menos representativo de lo que es hoy. Así, a diferencia del Gobierno español (donde solo hay miembros del Partido Popular) en la Comisión conviven varias tendencias ideológicas (13 comisarios de centro-derecha, 6 de centro-izquierda, y 8 liberales).

Las críticas, en mi opinión, por tanto, no deben venir por ahí. Los problemas son otros.

Para empezar, el hecho de que haya un comisario por cada Estado miembro es nefasto. Eso transmite la equivocada impresión (a la opinión pública, pero también, sutilmente, a las instituciones europeas) de que están ahí para representar a sus Estados. También provoca que los comisarios hagan propuestas legislativas al son que le marcan sus gobiernos nacionales (algo que el Derecho de la Unión prohíbe).

El Tratado de Lisboa intentó cambiar esa tendencia, estableciendo que a partir del 1 de noviembre de 2014, la Comisión estuviera compuesta por un número de miembros correspondiente a los dos tercios del número de Estados miembros (es decir, 18 en una Unión a 27). Pero eso, desgraciadamente, no ocurrirá. El Consejo Europeo fue facultado para modificar dicho número por unanimidad. Y así fue, ya que acordó que tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa se adoptara una decisión, de conformidad con los procedimientos jurídicos necesarios, con el fin de que la Comisión siga incluyendo a un nacional de cada Estado miembro. Tras esta decisión está el chantaje de Irlanda, que exigió ese cambio para aprobar el TL en el segundo referéndum. Aunque esa es otra historia, el resultado es que tendremos que seguir arrastrando un ejecutivo excesivamente grande e institucionalmente débil.

El segundo gran problema es que en la Unión Europea no es reconocible una división de poderes montesquiana clásica. Aunque nos hemos venido refiriendo a la Comisión como «ejecutivo» o «gobierno», lo cierto es que esta institución comparte esa labor con el Consejo. Éste último cumple, así, una doble función, legislativa y ejecutiva. Es muy importante, desde mi punto de vista, que el Consejo se limite a la función legislativa y se refuerce y consolide el papel ejecutivo de la Comisión. Lamentablemente, no parece que esto vaya a ocurrir en el futuro próximo: cada reforma de los Tratados se ha saldado con un cierto debilitamiento de la Comisión Europea, y no con su empoderamiento.

Como conclusiones personales, puedo decir que no puedo apoyar sinceramente la visión de que la Comisión padezca ningún déficit democrático. Por el contrario, quizás sea una de las Instituciones más democráticas de la Unión, junto al Parlamento Europeo. Pero precisamente por eso, es urgente fortalecerla y convertirla en el auténtico y único poder ejecutivo europeo.